domingo, 9 de mayo de 2010

PROTOCOLO DE ACOSO LABORAL

A iniciativa de la Comisión de Igualdad, se ha puesto sobre la mesa un documento como base para redactar un PROTOCOLO CONTRA EL ACOSO PSICOLÓGICO Y ACOSO SEXUAL EN EL AYUNTAMIENTO DE COSLADA.

Es de agradecer, venga de donde venga, el interés en que se aborde un tema tan importante, y que se demuestre con hechos la predisposición para prevenir y actuar contra las situaciones de mobbing que se puedan dar (y de hecho se dan) en nuestro ámbito, por lo que desde la sección sindical de CGT nos hemos puesto a trabajar con interés y dedicación sobre este tema.

A priori, como cuestión de orden, pensamos que esto se deberá desarrollar desde el Comité de Seguridad y Salud, ya que la problemática que se aborda está bastante relacionada con los riesgos psico-sociales de los puestos de trabajo, y tanto su prevención como su erradicación deberán formar parte de los trabajos cotidianos de quienes se ocupan del resto de riesgos laborales (delegados y servicio de prevención).

Una vez aclarado el ámbito desde el que se deben llevar a cabo estas tareas, y tras una lectura atenta y cuidadosa del documento, y al compararlo con lo que ya se ha hecho en otros ayuntamientos en este ámbito, encontramos que lo que se nos ha presentado es una copia casi exacta del Protocolo que se aprobó en el Ayuntamiento de Collado Villalba. En fin, lo tomaremos como una medida de ahorro neuronal y de aprovechar los recursos existentes…

Entrando en el fondo del asunto, hay que decir que echamos en falta varias cosas, y que en su momento oportuno las expondremos donde corresponda, aunque podemos adelantar aquí algunas de estas carencias:
  • El Protocolo está destinado a los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento y Organismos Autónomos, pero en ningún lugar aparecen los concejales o el alcalde, pese a que, como toda la plantilla sabe, forman parte importante de las relaciones laborales jerárquicas existentes en nuestro ámbito. Para ser más exactos, la parte más alta, y por lo tanto, la que más responsabilidad puede tener en este tipo de casos.
  • Tampoco aparecen aquí las personas que trabajan en subcontratas, conciertos, etc., pese a que se dan importantes relaciones de carácter laboral entre trabajadores/as municipales y trabajadores/as de contratas.
  • No nos termina de cuadrar tampoco la composición de la denominada “Comisión de instrucción de Acoso Psicológico y Sexual”, ni tampoco su carácter permanente.
  • Existen otros puntos que deberemos revisar conjuntamente, tanto los Sindicatos como la Corporación, con el fin de clarificar procedimientos, plazos de tramitación, etc.

En fin, que esperamos mucho de este documento, y por eso vamos a intentar que salga un resultado válido y útil para afrontar la lacra del acoso laboral, de la cual, aunque haya quien piense lo contrario, este Ayuntamiento no está libre, ni muchísimo menos.

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